Derecho y normativaExplicación
El biometano en el derecho polaco: definición, productor y registros de la URE y del KOWR
Cómo define la ley de energías renovables el biometano, quién es productor y en qué registro hay que inscribirse: URE o KOWR. Plazos, obligaciones e informes.
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El biometano en el derecho polaco es el gas obtenido de biogás, biogás agrícola o hidrógeno renovable, sometido a purificación e inyectado en la red de gas, transportado en forma comprimida o licuada o utilizado para repostar vehículos sin necesidad de transporte (artículo 2, punto 3c, de la ley de energías renovables). La actividad en el ámbito del biogás o del biometano es una actividad regulada: hay que inscribirse en el registro de productores de biogás que lleva el presidente de la URE y, en el caso del biometano exclusivamente de biogás agrícola, en el registro del KOWR.
Definiciones que conviene distinguir
| Concepto | Contenido |
|---|---|
| Biogás | gas de biomasa, en particular de instalaciones de tratamiento de residuos animales o vegetales, depuradoras de aguas residuales y vertederos de residuos |
| Biogás agrícola | gas de la fermentación metanogénica exclusivamente de sustratos de la lista del artículo 2, punto 2 |
| Biometano | gas purificado a partir de biogás, biogás agrícola o hidrógeno renovable; inyectado en la red, transportado comprimido/licuado o utilizado para repostar in situ |
| Potencia de la instalación de producción de biometano | potencia máxima alcanzable total del conjunto de equipos de producción de biometano, expresada en MW de la energía contenida en el biometano |
El biometano como combustible de transporte aparece también en la ley de biocomponentes y biocarburantes líquidos (biometano comprimido y licuado), lo que tiene importancia para el objetivo indicativo nacional (NCW).
Qué registro
La ley distingue dos vías, según el tipo de mezcla de alimentación:
| Situación | Registro | Autoridad |
|---|---|---|
| Biogás para la producción de biometano o biometano de biogás distinto del agrícola | registro de productores de biogás | presidente de la URE |
| Biometano exclusivamente de biogás agrícola (sustratos del artículo 2, punto 2) | registro de productores de biogás agrícola | director general del KOWR |
| Biometano de una mezcla de biogás y biogás agrícola | registro de productores de biogás | presidente de la URE |
| Planta de biogás que produce exclusivamente electricidad de biogás agrícola (instalación distinta de una microinstalación) | registro de productores de biogás agrícola | KOWR |
No requiere inscripción en el registro de la URE el ejercicio de la actividad consistente en producir biogás agrícola para biometano o biometano de biogás agrícola: esa actividad corresponde al registro del KOWR.
Plazos y obligaciones
Registro de la URE (biogás o biometano).
- La solicitud contiene los datos del productor, la descripción de la actividad y la descripción de la instalación (capacidad anual en m³ y potencia en MW), así como las declaraciones de veracidad de los datos y de conocimiento de las condiciones.
- El presidente de la URE efectúa la inscripción en un plazo de 21 días desde la recepción de la solicitud con las declaraciones; si pasados 28 días no hay inscripción, el productor puede iniciar la actividad (salvo que la URE haya requerido la subsanación).
- El productor debe tener título jurídico sobre las construcciones e instalaciones, disponer de construcciones que cumplan los requisitos de protección contra incendios, sanitarios y ambientales, y no utilizar como materias primas combustibles fósiles ni biomasa contaminada con sustancias que aumenten el poder calorífico.
- Lleva la documentación de las cantidades de biogás y biometano (inyectado en la red, transportado fuera de la red, utilizado para repostar, vendido para cumplir el NCW) y de las materias primas.
- Presenta informes semestrales hasta el final del mes siguiente al semestre y la información sobre la primera producción en un plazo de 30 días.
Registro del KOWR (biogás agrícola, incluido el biometano de biogás agrícola).
- La solicitud incluye los datos del productor, la descripción de la actividad y de la instalación y las declaraciones de no tener deudas tributarias y de conformidad de los datos.
- El director general del KOWR efectúa la inscripción en un plazo de 7 días; transcurridos 14 días desde la recepción de la solicitud, el productor puede iniciar la actividad (si no se requirió la subsanación).
- La obligación es utilizar exclusivamente sustratos del artículo 2, punto 2 y, en el caso del biometano de biogás agrícola, exclusivamente biogás agrícola.
- Los informes trimestrales se presentan en un plazo de 45 días desde el final del trimestre, y los cambios de datos se comunican en 14 días.
Diferencias en la práctica
- Frecuencia de los informes. Semestral en la URE, trimestral en el KOWR.
- Mezcla de alimentación. La mezcla de biogás y biogás agrícola traslada el asunto a la URE, pero los sustratos del biogás agrícola siguen debiendo cumplir la definición.
- Baja del registro. En ambos registros, el incumplimiento de obligaciones (declaraciones falsas, sustratos no permitidos) conlleva la baja y un período de carencia, tras el cual puede solicitarse una nueva inscripción.
Qué hacer primero
- Determine la mezcla de alimentación: solo sustratos del artículo 2, punto 2, o también otros tipos de biomasa o de biogás.
- Elija el registro conforme a la tabla, teniendo en cuenta una eventual mezcla.
- Prepare el título jurídico, los documentos de conformidad de las construcciones y la descripción técnica con la capacidad y la potencia.
- Planifique el sistema de registro: cantidades, materias primas, fechas de la primera producción, venta para el NCW.
- Determine los plazos de los informes y designe a una persona responsable.
El biometano y otras normas
- NCW y transporte. La ley de biocomponentes y biocarburantes líquidos remite a la definición de biometano de la ley de energías renovables; el biometano vendido para cumplir el NCW se declara en los informes.
- Garantías de origen. El biometano inyectado en la red de gas o utilizado para repostar puede estar amparado por una garantía de origen (con excepción de las microinstalaciones).
- Apoyo. Las instalaciones de hasta 1 MW (tras la conversión a potencia eléctrica) pueden acogerse al capítulo 4a; el biometano apoyado no cuenta para el NCW.
- Mediciones. El reglamento del ministro de Clima de 26 de junio de 2024 (Dz.U. 2024, posición 974) determina los requisitos para las mediciones, el registro y el método de cálculo de las cantidades de biogás, biogás agrícola y biometano.
Errores más frecuentes
- Registrarse en el KOWR pese a utilizar también biogás distinto del agrícola en la mezcla: entonces corresponde el registro de la URE.
- Confundir los plazos de los informes: semestrales en la URE y trimestrales en el KOWR.
- Falta de notificación de la primera producción de biogás o biometano en un plazo de 30 días.
- Uso de materias primas contaminadas con sustancias que aumentan el poder calorífico.
- Suponer que la inscripción en el registro resuelve también la concesión de comercialización de gas: es una cuestión independiente.
Este texto tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico; antes de tomar una decisión de inversión o formal, compruebe la redacción vigente de la normativa y consulte a un abogado o a la autoridad competente.
Fuentes
Preguntas y respuestas
¿Debe el productor de biometano a partir de biogás agrícola inscribirse también en el registro de la URE?
No, si el biometano procede exclusivamente de biogás agrícola; en ese caso basta con la inscripción en el registro de productores de biogás agrícola del KOWR (Centro Nacional de Apoyo a la Agricultura). El biometano procedente de biogás distinto del agrícola y de una mezcla se registra en la URE (Oficina de Regulación Energética).





