Derecho y normativaGuía

Aprobación de una planta de biogás por el veterinario del distrito: procedimiento paso a paso

Una planta de biogás que procesa subproductos animales debe obtener la aprobación del veterinario del distrito. Describimos los pasos: solicitud, control previo al inicio, aprobación condicional y plena, número veterinario.

Publicado Actualizado 6 min de lecturaRedacción FeedstockData

Otras versiones de idioma: polski, English, Deutsch, français, italiano, Nederlands.

Sala posiedzeń Sejmu RP widziana z boku – amfiteatralny układ ław poselskich i kamienna okładzina ścian w ciepłym świetle.
Foto Adrian Grycuk / Wikimedia Commons, licencia CC BY-SA 3.0 pl, archivo de origen; cambios: recorte

Una planta de biogás que procesa subproductos animales no destinados al consumo humano (UPPZ), incluidos el estiércol y el purín, solo puede comenzar a funcionar tras la aprobación de la autoridad competente: en Polonia, las decisiones en este asunto las emite el veterinario del distrito competente por el lugar de ejercicio de la actividad. El procedimiento se basa en los artículos 24 y 44 del reglamento (CE) 1069/2009 y en la normativa nacional (artículo 6 de la ley de protección de la salud animal y lucha contra las enfermedades infecciosas de los animales). A continuación se recogen los pasos, del proyecto al número veterinario.

Paso 1: determine las categorías de los sustratos

Elabore la lista de sustratos con UPPZ y asígneles las categorías (1–3). La categoría decide los requisitos. Para el material de la categoría 3, el estándar es la higienización a 70 °C durante 60 minutos con partículas de hasta 12 mm. Para la categoría 2, por regla general, se exige la esterilización a presión. Se admiten excepciones, entre otras, para el estiércol y la leche. El material de la categoría 1 no se admite en una planta de biogás. Si la instalación va a recibir distintas categorías, la solicitud debe indicar si estarán separadas de forma permanente o temporal.

Paso 2: diseñe la instalación conforme al anexo V

Del reglamento 142/2011 (anexo V) se derivan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • un módulo de pasteurización/higienización que no pueda puentearse, con registro continuo de la temperatura y un sistema que proteja frente al calentamiento insuficiente (no se aplica a las instalaciones que tratan exclusivamente materiales exentos);
  • laboratorio propio o colaboración con un laboratorio aprobado, acreditado o supervisado regularmente por la autoridad;
  • separación de los animales, los piensos y la cama y, en caso de proximidad de animales, una distancia adecuada (no se aplica a los establecimientos que utilizan exclusivamente estiércol, leche o calostro de esos animales);
  • un lugar de lavado y desinfección de vehículos y contenedores que no ponga en riesgo el producto transformado;
  • control de plagas documentado, limpieza, revisiones y calibración de los equipos de medición.

Paso 3: presente la solicitud al veterinario del distrito

La solicitud contiene los datos del solicitante, la dirección del establecimiento y la descripción de la actividad prevista (tipo, categorías de material, capacidades de tratamiento). Conviene adjuntar a la solicitud la descripción de la tecnología, los esquemas de flujo del material y el sistema previsto de controles propios. No la presente a última hora: la ley determina con qué antelación respecto del inicio hay que presentarla, y la autoridad debe tener tiempo para el control.

Paso 4: control in situ antes del inicio

Conforme al artículo 44 del reglamento 1069/2009, la autoridad aprueba el establecimiento solo tras un control in situ, realizado antes del inicio de la actividad, que confirme el cumplimiento de los requisitos del artículo 27. En esta etapa se comprueban la infraestructura, los equipos, los procedimientos de higiene y los registros de control.

Paso 5: aprobación condicional y plena

  • Aprobación condicional: si la infraestructura y el equipamiento son adecuados para aplicar procedimientos conformes a la normativa.
  • Aprobación plena: tras un segundo control, realizado en un plazo de 3 meses desde la aprobación condicional.
  • Prórroga: si se aprecia un progreso claro pero no todo se cumple, la aprobación condicional puede prorrogarse; en total, no más de 6 meses.

Si la aprobación se retira o la condicional no se prorroga ni se convierte en plena, hay que interrumpir la actividad.

Paso 6: número de identificación y obligaciones tras la aprobación

El establecimiento recibe un número de identificación veterinario y se inscribe en las listas de la Inspección Veterinaria (las plantas de biogás tienen una sección propia en la lista de la Inspección Veterinaria Principal, GIW). Tras la aprobación rigen: los documentos comerciales en el transporte de UPPZ, los registros de recepción, el seguimiento de la temperatura, los análisis del producto de digestión (entre otros, ausencia de Salmonella en 25 g y bacterias indicadoras E. coli o Enterococcaceae dentro del límite de 5000 ufc/g) y la comunicación de cambios importantes.

Procedimientos relacionados

La aprobación veterinaria no sustituye otras decisiones: la licencia de obras, las decisiones ambientales, la autorización de tratamiento de residuos (si la mezcla son residuos) y, para las plantas de biogás agrícola, la inscripción en el registro de productores de biogás agrícola que lleva el director general del KOWR.

Lista de comprobación de ejemplo de documentos para la reunión con el veterinario del distrito

  • Esquema tecnológico con indicación del recorrido de recepción de UPPZ, del depósito tampón, de la trituración y de la unidad de higienización.
  • Relación de sustratos con las categorías de UPPZ y las cantidades anuales estimadas.
  • Descripción de la separación de la zona sucia (recepción, lavado de vehículos) de la limpia (digestato).
  • Descripción del sistema de registro de temperatura, de alarmas y del proceder en caso de calentamiento insuficiente de un lote.
  • Plan de controles propios y contrato con el laboratorio.
  • Procedimientos de lavado, desinfección, control de plagas y formación del personal.
  • Indicación de la persona responsable del cumplimiento de la normativa veterinaria.

Una preparación así acorta el tiempo de control y reduce el riesgo de que haya que prorrogar la aprobación condicional hasta el límite de seis meses.

Cuándo los cambios requieren un nuevo acuerdo

La aprobación se refiere a una actividad y a una categoría de material concretas. Un cambio de alcance (p. ej., añadir la categoría 2 a una instalación que hasta entonces trabajaba con la categoría 3), la reforma de la línea de higienización, el cambio de operador o un aumento sustancial de la capacidad de tratamiento deben acordarse con la autoridad antes de su implantación. Empezar a recibir un nuevo tipo de material sin acuerdo conlleva el riesgo de retirada de la aprobación y de suspensión de la actividad.

Cómo organizar el calendario de la inversión

El mayor error es encargar la línea tecnológica antes de que la autoridad conozca su concepto. Una secuencia razonable es: conversación preliminar con el veterinario del distrito sobre categorías y configuración; solicitud con documentación; compra y montaje de equipos conformes al esquema acordado; control previo al inicio; puesta en marcha con aprobación condicional; control tras la puesta en marcha y aprobación plena. La aprobación condicional permite poner en marcha la instalación, pero para ella corre un límite de tres meses hasta el control y de seis meses en total, por lo que la puesta en marcha debe planificarse de modo que en ese tiempo pueda documentarse el funcionamiento con todos los parámetros.

Errores típicos

  1. Presentar la solicitud antes de determinar las categorías de los sustratos.
  2. Comprar la instalación sin módulo de higienización o con posibilidad de puentearlo.
  3. Falta de laboratorio propio o de contrato con un laboratorio reconocido.
  4. Empezar a recibir UPPZ antes de finalizar el control.

Este texto tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico; antes de tomar una decisión de inversión o formal, compruebe la redacción vigente de la normativa y consulte a un abogado o a la autoridad competente.

Fuentes

  1. Rozporządzenie (WE) nr 1069/2009 — art. 24 i 44 (EUR-Lex)
  2. Rozporządzenie Komisji (UE) nr 142/2011 — załącznik V (EUR-Lex)
  3. Główny Inspektorat Weterynarii — strona instytucji