Emisiones y climaNoticia
El Consejo de la UE aprueba el Reglamento sobre la reducción de emisiones de metano en el sector energético
El 27 de mayo de 2024, el Consejo de la UE adoptó el Reglamento (UE) 2024/1787. La posición del Parlamento Europeo data del 10 de abril de 2024, y el acto entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la UE.
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El Consejo de la UE adoptó el 27 de mayo de 2024 el Reglamento (UE) 2024/1787 sobre la reducción de emisiones de metano en el sector energético. El Parlamento Europeo aprobó el mismo texto el 10 de abril de 2024. El Reglamento impone obligaciones a los operadores de petróleo, gas natural y carbón, así como —lo que es especialmente relevante para el mercado del gas— a los importadores.
Qué introduce el Reglamento
Los operadores están obligados a medir y notificar las emisiones de metano, detectar y reparar fugas de forma regular (LDAR) y limitar los venteos y la quema de gas en antorchas. Las nuevas normas también se aplican a minas de carbón cerradas e inactivas.
La parte más discutida se refiere a las importaciones. Según la descripción de las disposiciones, para los contratos celebrados o renovados tras la entrada en vigor del Reglamento, los importadores deberán demostrar, a partir del 1 de enero de 2027, que el productor aplica un sistema MRV (monitorización, notificación, verificación) equivalente al de la UE, y en años posteriores cumplir con los requisitos sobre la intensidad de emisiones de metano. Para los contratos más antiguos, se exigen "esfuerzos razonables".
Relación con el biogás y el biometano
El Reglamento se refiere a los combustibles fósiles, por lo que no afecta directamente a las plantas de biogás. Sin embargo, tiene un impacto indirecto: eleva los requisitos ambientales para el gas natural y el GNL importados, lo que reduce la brecha de costes entre el gas fósil y el biometano, y además refuerza el principio de que las emisiones de metano deben medirse y limitarse en toda la cadena de suministro. Las conclusiones sobre la limitación de fugas de metano también se aplican a las instalaciones de biogás, en las que las fugas y las emisiones derivadas del almacenamiento del digestato son un factor relevante en el balance climático.
Importancia para el sector en Polonia
Polonia es importadora de gas (incluido GNL) y sede de grandes compañías gasísticas. Orlen, como propietario de la antigua PGNiG, debe preparar los contratos y la documentación para cumplir con los requisitos MRV. Por su parte, para los operadores nacionales de redes de transporte y distribución, el Reglamento implica un programa de control de fugas. Para el biometano, esto supone un argumento adicional en el debate sobre la seguridad energética: el gas producido en el país no está sujeto a los requisitos de importación.
Próximos pasos
Tras su firma, el Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los 20 días. El mayor desafío será la implementación de las obligaciones para los importadores: requiere acuerdos con proveedores de terceros países, sistemas MRV y datos sobre la intensidad de emisiones de metano. Para las compañías gasísticas en Polonia, es el momento de revisar los contratos y la documentación. Para el sector del biogás, el mensaje es más general: la medición y la limitación de las emisiones de metano en toda la cadena de suministro se están convirtiendo en un estándar.
Aspectos clave
Para los lectores interesados en el biogás, es importante distinguir que el Reglamento sobre el metano se refiere a las emisiones procedentes de combustibles fósiles, mientras que las emisiones de metano de las plantas de biogás están reguladas en otros actos (permisos, MTD, criterios de sostenibilidad para el biometano). Estos dos marcos legales se complementan, pero no se sustituyen.




