¿Siempre requiere permiso de emisión a la atmósfera un grupo de cogeneración (CHP) de una planta de biogás?

No siempre. La decisión depende de la potencia térmica del combustible, el tipo de combustible y los anexos de los reglamentos de desarrollo de la Ley de Protección del Medio Ambiente: algunas instalaciones requieren permiso, otras solo notificación, y otras no necesitan ninguna de estas formalidades. Es preciso consultar la normativa vigente para cada instalación concreta.

Fuentes: Dyrektywa (UE) 2015/2193 w sprawie średnich obiektów energetycznego spalania — EUR-Lex; Dyrektywa 2010/75/UE w sprawie emisji przemysłowych (IED) — EUR-Lex; Dyrektywa 2003/87/WE (system EU ETS) — EUR-Lex; Internetowy System Aktów Prawnych — Prawo ochrony środowiska i rozporządzenia wykonawcze

Tratado en el artículo: Permisos y notificaciones ambientales para CHP: cómo determinar el régimen adecuado

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¿Se consideran dos motores de cogeneración (CHP) como una única instalación?

La Directiva 2015/2193 establece que deben sumarse las potencias de las unidades que emiten gases de escape a través de una chimenea común, así como aquellas que la autoridad competente considere susceptibles de conectarse a una chimenea común por razones técnicas y económicas. En la práctica, la decisión sobre la agrupación la toma la autoridad basándose en la disposición de la instalación.

Fuentes: Dyrektywa (UE) 2015/2193 w sprawie średnich obiektów energetycznego spalania — EUR-Lex; Dyrektywa 2010/75/UE w sprawie emisji przemysłowych (IED) — EUR-Lex; Dyrektywa 2003/87/WE (system EU ETS) — EUR-Lex; Internetowy System Aktów Prawnych — Prawo ochrony środowiska i rozporządzenia wykonawcze

Tratado en el artículo: Permisos y notificaciones ambientales para CHP: cómo determinar el régimen adecuado

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