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El Consejo de la UE acordó su posición sobre la revisión de la Directiva de Energías Renovables: objetivo del 40 % para 2030

El 27 de junio de 2022, el Consejo de Energía acordó un enfoque general para la revisión de la Directiva de Energías Renovables (RED). El Consejo apoyó un objetivo del 40 % para 2030, mientras que la Comisión y el Parlamento se inclinan por el 45 %.

Publicado Actualizado 3 min de lecturaRedacción FeedstockData

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Gmach Berlaymont, siedziba Komisji Europejskiej w Brukseli, o zmierzchu – charakterystyczna przeszklona fasada w kształcie krzyża.
Foto Cbliu / Wikimedia Commons, licencia CC BY-SA 4.0, archivo de origen; cambios: recorte

Los ministros de Energía de los Estados miembros acordaron el 27 de junio de 2022 en Luxemburgo un enfoque general para la revisión de la Directiva sobre fuentes de energía renovables (RED). El Consejo apoyó el objetivo de la UE para energías renovables del 40 % en 2030, es decir, cinco puntos porcentuales por debajo de la posición de la Comisión (tras el plan REPowerEU) y del Parlamento Europeo, que se inclinan por el 45 %. El acuerdo abre la vía a las negociaciones tripartitas, en las que se definirán, entre otros, los reglamentos para el biometano, la biomasa y los combustibles para el transporte.

Qué cambia

La revisión de la RED es uno de los pilares del paquete «Fit for 55». En la posición del Consejo se incluyeron, entre otros, un objetivo general más elevado para las energías renovables, objetivos sectoriales para la calefacción, el transporte y la industria, la simplificación de los procedimientos de autorización y cambios en los criterios de sostenibilidad para la bioenergía. En el contexto del biogás, es relevante mantener el sistema de certificación que permite verificar el origen y la sostenibilidad de las materias primas, así como el balance de emisiones de gases de efecto invernadero.

Para los gases renovables, también se propusieron normas relativas a las redes de gas, incluido el flujo transfronterizo de certificados. Para el sector, esto significa que las garantías de origen y la certificación de sostenibilidad serán aún más importantes.

Importancia para el sector en Polonia

Para Polonia, los objetivos más ambiciosos en materia de energías renovables suponen un desafío, pero el desarrollo de los gases renovables se alinea con su interés en la seguridad energética. Para los inversores nacionales, es crucial cómo se formulen finalmente las normas sobre biomasa, el apoyo al biogás agrícola y los combustibles para el transporte. Los objetivos sectoriales vinculantes y las definiciones de materias primas influirán en qué proyectos recibirán apoyo.

La obligación de transponer la directiva brindará a Polonia la oportunidad de ordenar las normas: garantías de origen del biometano, criterios de sostenibilidad y el sistema de apoyo. Conviene que el sector presente sus observaciones durante la fase de consulta.

El biometano en el texto de la directiva

Para el mercado del gas, son especialmente relevantes las disposiciones sobre garantías de origen, el balance de masas en las redes de gas y el estatus del biometano en sectores en los que es difícil sustituir los combustibles fósiles: la industria y el transporte pesado. Las disposiciones pueden influir en qué sectores serán los principales destinatarios del biometano y en qué mecanismos. Por ello, las asociaciones europeas de biogás están llevando a cabo una intensa labor de lobby en este ámbito.

Cómo funciona el enfoque general

El enfoque general es la posición oficial del Consejo, acordada por mayoría cualificada. Todavía no es un acto jurídico, pero define la posición negociadora de los Estados frente al Parlamento. El texto definitivo se elabora en el trílogo, en el que los representantes del Consejo, el Parlamento y la Comisión buscan un compromiso. Por ello, los inversores no deberían basar sus decisiones en objetivos individuales de la fase preliminar, sino en la versión final.

Próximos pasos

Tras la posición del Consejo y la esperada posición del Parlamento, comenzarán las negociaciones tripartitas. Las partes deberán acordar la altura final del objetivo, las trayectorias sectoriales y los criterios para la bioenergía. Se prevé que los trabajos concluyan al año siguiente, tras lo cual los Estados miembros dispondrán de tiempo para transponer las disposiciones a su legislación nacional.

Fuentes

  1. Rada UE — Rada ds. Energii, 27 czerwca 2022 r.
  2. Dyrektywa (UE) 2023/2413 (RED III) — EUR-Lex (aktualizacja)