Valorización energética de residuosExplicación

“Renovables sucias”: qué significa la expresión coloquial y qué fuentes de energía se esconden tras ella

“Renovables sucias” es una etiqueta periodística, no un concepto jurídico. Explicamos a qué se aplica: a la combustión de biomasa, la coincineración con carbón y la energía a partir de residuos, y en qué se diferencia de la digestión anaerobia.

Publicado 5 min de lecturaRedacción FeedstockData

Otras versiones de idioma: polski, English, Deutsch, français, italiano, Nederlands.

Nowoczesna instalacja termicznego przekształcania odpadów z wysokim kominem i halą kotłów nad rzeką, w mglisty jesienny poranek.
Ilustración: FeedstockData (IA, Google Gemini)

“Renovables sucias” es una expresión coloquial y crítica que se aplica a aquellas fuentes de energía consideradas renovables que suscitan dudas ambientales: sobre todo la combustión de biomasa (en particular de madera), la coincineración de biomasa con carbón y la energía procedente de la transformación térmica de residuos. No es una categoría jurídica ni técnica, y la propia expresión no designa una única tecnología ni un nivel común de emisiones. Conviene entenderla como señal de una controversia sobre lo que debería ser “renovable”, y no como descripción de un proceso concreto.

Por qué la controversia afecta precisamente a la biomasa

La Comisión Europea describe la biomasa como materia orgánica procedente de la silvicultura y la agricultura (p. ej., árboles y plantas), de residuos y restos de origen biológico, y también la fracción biodegradable de los residuos. Puede servir para calefacción, generación de electricidad y producción de combustibles para el transporte. Según esa misma página, la bioenergía fue en 2021 la principal fuente de energía renovable en la UE y representó aprox. el 59 % del consumo de energía renovable, y el mayor productor de biomasa sólida fue Alemania. Si la mayor parte de la energía “verde” procede de la biomasa, la calidad de esa estadística tiene gran importancia política.

La definición amplia tiene una consecuencia: la corriente de residuos municipales contiene una fracción biológica (que entra en el concepto de biomasa) y una no biológica (p. ej., plásticos). Por ello, al evaluar las incineradoras no basta con la consigna “energía a partir de residuos”; hay que separar qué parte de la energía procede de la fracción biodegradable. Tratamos este tema con más detalle en la entrada Energía a partir de residuos: digestión anaerobia, incineración, pirólisis y gas de vertedero, y la jerarquía de gestión de residuos, en la entrada Jerarquía de gestión de residuos y digestión anaerobia.

Un ejemplo polaco: la coincineración

En Polonia, el símbolo de la controversia pasó a ser la coincineración de biomasa con carbón. El portal Gramwzielone.pl describió en 2012 que la obligación de adquirir energía de fuentes renovables se introdujo mediante un reglamento en 2003 y que la combustión de biomasa con carbón a escala industrial comenzó hacia 2005, porque resultó ser la forma más rápida y barata de cumplir los objetivos. Según los datos del entonces Ministerio de Economía, en 2010 casi la mitad de la energía renovable procedía de la biomasa, y casi el 90 % de la energía de biomasa, de su coincineración con combustibles convencionales. Los críticos afirmaban que la coincineración bloquea el desarrollo de otras fuentes renovables, porque el objetivo estadístico se alcanzaba sin aumento de nueva capacidad. En marzo de 2012, activistas de Greenpeace colgaron en la chimenea de la central de Turów una pancarta con el lema “Carbón + madera no es energía verde”. El mismo texto cita las conclusiones de la Inspección Nacional de Trabajo de los años 2010–2011, según las cuales en la mayoría de las instalaciones la coincineración se inició sin las protecciones adecuadas frente a mezclas explosivas e incendios, y el incendio de la central de Dolna Odra en enero de 2010, en el que murió una persona. El proyecto de ley sobre renovables de julio de 2012 preveía una reducción gradual del apoyo a la coincineración; presentamos este asunto como el estado del debate de 2012, y no como la normativa hoy vigente.

Cómo ha endurecido la UE los criterios

La Comisión recuerda que los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones para la biomasa agrícola se introdujeron en 2009, y para la biomasa forestal, en 2018. La Directiva revisada sobre energías renovables (UE 2023/2413, en vigor desde el 20 de noviembre de 2023) los reforzó: amplió las “zonas prohibidas” a la biomasa forestal (entre otras, bosques primarios, zonas de alta biodiversidad y turberas), introdujo requisitos detallados para la obtención de la madera, extendió los criterios de reducción de emisiones también a las instalaciones existentes y los aplicó a las instalaciones de calefacción y de electricidad con una potencia de al menos 7,5 MW para los combustibles de biomasa sólida. Además, los Estados miembros deben diseñar los sistemas de apoyo de acuerdo con el principio del uso en cascada de la biomasa leñosa, y las subvenciones nuevas o renovadas para las centrales que generen únicamente electricidad a partir de biomasa forestal están, en principio, prohibidas (artículo 3, apartado 3d de la Directiva 2018/2001 en la redacción de RED III; con excepciones, entre otras, para las regiones incluidas en un plan de transición justa, las instalaciones con captura de CO₂ y las regiones ultraperiféricas). Las consecuencias de RED III para el biogás y el biometano las tratamos en la entrada RED III: qué cambia para el biogás y el biometano.

Dónde se sitúa la digestión anaerobia en este contexto

La digestión anaerobia es un proceso en un reactor cerrado en el que, a partir de residuos y restos, se obtienen biogás y digestato, por lo que se diferencia tecnológicamente de la combustión. Esto no significa que la valoración sea automáticamente positiva: cuentan la materia prima (residuo o cultivo energético), las emisiones fugitivas de metano, el aprovechamiento del digestato y el balance de gases de efecto invernadero. La etiqueta “renovables sucias” difumina estas diferencias, por lo que en un análisis riguroso es mejor:

  1. nombrar la tecnología (combustión, coincineración, gasificación, digestión anaerobia),
  2. determinar qué parte del combustible tiene origen biológico,
  3. indicar las emisiones concretas y el balance (y no una valoración general),
  4. comprobar el cumplimiento de la normativa sobre residuos y de los criterios de sostenibilidad.

La etiqueta no sustituye al balance ni a la evaluación del cumplimiento de la normativa, y conviene tomar su uso como una invitación a preguntar de qué proceso concreto se trata.

Fuentes

  1. Biomass — Komisja Europejska, DG Energy
  2. Ustawa o OZE: współspalać czy nie? — Gramwzielone.pl (31.08.2012)